Escribía el periodista Antonio López Baeza, en el año 1926, que cuando estuviese construido el tercer trozo de la Gran Vía y edificadas las nuevas fincas, no serían recordadas las casas que allí estuvieron, célebres en Madrid, ni los hechos que les dieron celebridad. Tal sería el caso de la conocida como Casa del Pecado Mortal situada en la desaparecida y pequeña calle del Rosal, número 3.
La breve calle del Rosal contaba sólo con cuatro edificios en el lado de los números impares y uno en el de los pares. Desaparecida por completo al construir la última parte de la Gran Vía (denominada entonces calle de Eduardo Dato), el terreno y las construcciones de la del Rosal fueron ocupados por: la calzada de la nueva avenida, el inicio de la calle de García Molinas y por gran parte del edificio correspondiente al cine Gran Vía, situado hoy en el número 66.
La Casa del Pecado Mortal, antes de ser conocida por tal apelativo, había sido propiedad de la condesa de Torrejón –también marquesa de Villagarcía- quien, en escritura con fecha del 14 de julio de 1794, había dejado en herencia todos sus bienes a la Real Hermandad de Nuestra Señora de la Esperanza y Santo Zelo de la Salvación de las Almas, institución fundada en el año 1733 con la finalidad, entre otras cosas, de acoger y asistir sigilosamente a mujeres embarazadas de ilegítimo concepto. Desde Felipe V todos los reyes españoles fueron presidentes de esta Hermandad.
Desde sus inicios los integrantes de esta Hermandad, cuyo tenaz objetivo era la de hacer el bien por las almas de los que viven en pecado, salían cada noche para pedir dinero con que sustentar sus propósitos, formando la denominada Ronda del Pecado Mortal. Por parejas, provistos de farol y campanilla, deambulaban por las inmediaciones de figones o tabernas, bailes, hosterías y casas non sanctas cantando tétricas saetas que hablaban del infierno, de la muerte y de lo breve que es la vida. Los destinatarios de tan siniestros mensajes solían agredir a los cantores con todo aquello que tenían a mano: piedras, verduras podridas, restos de pitanza y excrementos varios.
Además de la casa de la calle del Rosal la Hermandad disponía de otras dos en Madrid, en las calles del Barco y Madera alta, dedicadas al mismo fin y conocidas con idéntico nombre por los vecinos.
La historia de esta Casa del Pecado Mortal de la calle del Rosal comenzó aproximadamente en el año 1800. Con sólo una puerta de acceso, que únicamente se abría para dejar salir o entrar a los integrantes de la ronda mendicante, poseía el aspecto de una mansión inquisitorial. Tenía un salón de juntas y custodiaba el archivo de la Hermandad; era también el lugar impenetrable donde se guardaban los fondos obtenidos por las donaciones y contaba con protección regia y gubernamental, que garantizaba el secreto más absoluto de cuanto en ella se hacía. Fue, hasta su desaparición, un negocio de los que no pagan tributos ni son intervenidos por nadie.
Las ventanas de sus cuatro alturas tenían los cristales pintados y estaban protegidas por celosías y persianas que nunca se abrían, incluso en su patio interior, para salvaguardar la identidad de las mujeres que allí vivían. En la parte izquierda de la fachada, bajo un ventanuco, había una pequeña ranura a modo de buzón donde se depositaban los memoriales o instancias de las mujeres embarazadas que debían ingresar en la institución, para que no se empañe la heráldica familiar.
Previo examen de sus memoriales las mujeres podían ser admitidas o no por la Hermandad. Aquellas que ingresaban eran denominadas recoletas y se les destinaba a una habitación con una cama, en cuyo cabecero encontraban tupido velo y una tarjeta con un nombre ficticio que debían utilizar durante todo el tiempo de permanencia en la casa, guardando así el más riguroso incógnito. Tenían derecho a recibir la visita de sus familiares, sólo en los días señalados, y a entrevistarse con ellos a través de una tupida celosía.
La Casa estaba gobernada por una rectora, mujer de cierta edad, soltera o viuda, que era secundada por un celador: único en conocer el nombre real de “las enfermas”, siendo además el encargado de inscribir al fruto del pecado en el registro civil y de, si la madre lo consentía, entregarlo a la Inclusa.
Las recoletas ricas podían ingresar en la casa abonando la cantidad de tres pesetas diarias, en concepto de donativo para la Hermandad, y tenían derecho a una habitación individual. Las mujeres embarazadas pobres eran tratadas de otra manera: no ocultaban su rostro, dormían en habitaciones compartidas e ingresaban en la institución, siempre que hubiese plazas disponibles para ellas, con el requisito de servir a las más adineradas. En el año 1918 la cuota de estancia de una recoleta rica en la Casa ascendía a seis pesetas diarias, lo que daba derecho a estar acompañada por otra embarazada pobre, destinada a su servicio.
En el mes de mayo de 1926 el Ayuntamiento de Madrid procedió a la expropiación de la Casa del Pecado Mortal de la calle del Rosal, para dar paso al tercer y último tramo de la Gran Vía, abonando la cantidad de 113.794’08 pesetas.
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